El país necesita una reforma laboral políticamente incorrecta
Autor: Diego Ordóñez
El Convenio 81 de la OIT reconoce la tercerización como una manera de ampliar las posibilidades de empleo. No es una forma de evadir obligaciones derivadas de un contrato de trabajo. Es más, el trabajador tercerizado tiene mayor protección pues los “dos empleadores”, el directo y el beneficiario del servicio, tienen entre sí, responsabilidad solidaria si algún pago está pendiente. En el arrebato refundacional y el ultrismo izquierdista, el correísmo arrasó con esta forma de contratación prohibiéndola, casi totalmente, en el sector privado. Con el doble estándar que ha caracterizado la conducta política y muchas leyes, se dejó totalmente abierta la posibilidad de tercerizar en el sector público.

Este prejuicio irracional sirve para ejemplificar la forma en que se ha legislado en materia laboral en estos diez años. Al grito de “no precarizar” la prestación de servicios, se eliminó la contratación por horas, se dificultó la contratación temporal, se eliminó la contratación por plazo fijo, se incrementó salarios más allá de la productividad en el sector privado, se encareció la renuncia voluntaria, se incrementó brutalmente el costo de jubilación patronal. Con entusiasmo de neófito voluntarista se dictó recientemente una ley de promoción del trabajo juvenil en la que se deslizó, con el propósito de aflojar la rigidez de las normas y políticas laborales, la posibilidad de reducir la jornada laboral como forma de paliar la crisis generada por los yerros del economista. Pero se legisló también una maraña de requisitos, condiciones y autorizaciones que neutralizaron el supuesto buen propósito.
Diez años más tarde, entre el desestimulo real a la inversión privada y mayores restricciones de contratación, el saldo es un mayor número de desempleados que en 2007. La evidencia muestra que el supuesto intento de crear condiciones para generar nuevos trabajos en favor de los jóvenes y evitar los despidos por vía de reducir jornadas de trabajo, fue infructuoso. El desempleo y el subempleo aumentan y su crecimiento no retrocede.
Es políticamente incorrecto proponer flexibilizar el régimen de contratación laboral. Pero en algún momento la sensatez debe imponerse y concluir que cambiar o eliminar normas que desestimulan los emprendimientos, por riesgos y costos, ayuda al incremento de la oferta de empleo. La orientación general de la llamada legislación social está fuertemente contaminada de las corrientes marxistas que calificaron –y ese prejuicio se sostiene– a la relación empleado-trabajador como explotación y extracción de plusvalía. Es fundamental reconocer que el trabajador pueda tener libertad de acordar condiciones de trabajo y que el Estado le garantice medios de defensa y de solución, en caso de que el empleador desconozca o incumpla con las condiciones acordadas.
La idea que el trabajador debe ser protegido porque por definición el empleador es abusivo es en sí misma un prejuicio poco racional que deriva en normas y decisiones políticas que obstaculizan el incremento de los emprendimientos. Mientras más fácil sea contratar y menor sea el costo de salir de un negocio (la barrera de salir de una actividad productiva es en realidad una barrera de entrada) habrá más estímulo para que muchos nuevos empresarios contraten muchos nuevos trabajadores. En particular los pequeños emprendimientos.
Se debe eliminar la jubilación patronal. Antes de la expedición del Código del Trabajo en 1938 y de la existencia de la previsión social (hoy IESS) el empleador cubría la jubilación del trabajador. Luego de que se estableció la aportación patronal que en una parte incluye aporte al seguro de retiro, no se eliminó la jubilación a cargo del empleador (que es del pago de una prima mensual de por vida al trabajador que dejó de trabajar para su empleador luego de 25 de años de trabajo). Ninguna empresa hace un fondo para prever este pago que afecta los resultados (utilidades) y descapitaliza las empresas. Para evitar este pago, los empleadores recurren al despido antes que el trabajador cumpla 20 años de servicio. El efecto es: trabajadores cesantes en edades en las que es difícil conseguir trabajo.
Se debe devolver la posibilidad de tercerizar. Durante muchos años hubo una compañía llamada Manpower cuyo objeto era tener personal disponible para cubrir demanda permanente o temporal de servicios. Así muchas otras empresas formales que permitían conectar la demanda con la oferta de trabajo. Desaparecieron por los prejuicios de la izquierda tonta y, con ellos, la posibilidad que muchos trabajadores encuentren ubicación. Es mentira que el tercerizado es un trabajador precarizado.
Se debe restituir el contrato a plazo fijo. Esta es una forma de garantizar un tiempo mayor de proximidad y evaluación de la gestión del trabajador. Sin esta forma de contratación, el plazo indefinido se convierte en un riesgo.
La contratación eventual, ocasional, temporal debe ser de fácil realización. Los controles innecesarios desestimulan y encarecen. Imaginen los pequeños negocios incurriendo en todos los gastos, previsiones y restricciones que impone la ley y la discrecionalidad sancionatoria de la burocracia.Los costos de salida de una actividad productiva no deben ser sancionatorios. Muchas negocios, grandes o pequeños, colapsan por dificultades de mercado o por otros motivos no imputables a dueños o administradores. Si eso sucede la legislación laboral penaliza al empleador con la obligación de indemnizar a los trabajadores como si se tratase de despido intempestivo y unilateral. Un emprendedor que arriesga capital, genera empleo pero tiene malos resultados que le obligan a cerrar su negocio, está sancionado injustificadamente con el pago de elevadas sumas por despido. ¿Es realmente esa terminación de la relación laboral un acto arbitrario que merezca ser sancionado?
En 1991 Colombia modificó radicalmente su régimen laboral e introdujo un nuevo cuerpo legal sin modificar nada del antiguo Código del Trabajo. Así se obvió la infructuosa discusión sobre la intangibilidad de los derechos laborales que son individuales. Los nuevos contratos se acogían a las nuevas condiciones y se establecieron estímulos para la mudanza de los amparados por el antiguo régimen. Nótese que esta reforma se hizo hace 25 años. Y seguro que dio resultado. Claro, se añaden sensatez en políticas económicas y comerciales que crearon condiciones para la inversión y el crecimiento.
Cuatro años más tarde el economista acogió el aperturismo al que llamó bobo. Ese tiempo tardó en entender las virtudes de la apertura comercial. Así como muchos vecinos en Latinoamérica ya cambiaron el régimen laboral de inspiración comunista hace mucho, sirva de ejemplo para que en Ecuador se emprendan en estas reformas. Más vale tarde que nunca.
Artículo original publicado en 4Pelagatos.com